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Río Grande se presentó en la Justicia Federal contra las petroleras Rockhopper y Navitas

La ciudad formalizó este mediodía su intervención en el expediente que tramita la jueza Mariel Borruto en los términos de “parte interesada”. Invocó su condición de municipio ribereño del Mar Argentino y la interconexión ecosistémica de la cuenca marítima, adhiriendo al pedido del CECIM y Abogados Ambientalistas para frenar de inmediato las obras offshore y trabar el financiamiento del proyecto clandestino.

11 de septiembre de 2026 14:52

La acción del intendente de la ciudad de Río Grande, Martín Perez; cuanta con el respaldo del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA).

La causa judicial que busca paralizar el desarrollo petrolero ilegal Sea Lion sumó este viernes un respaldo institucional de peso territorial. La Municipalidad de Río Grande se presentó formalmente ante el Juzgado Federal de Primera Instancia en los autos FCR 13706/2026, solicitando su intervención en carácter de “parte interesada” (tercero coadyuvante) y adhiriendo de forma expresa a la demanda y a la medida cautelar que impulsan el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA).

El escrito judicial, suscripto de manera digital a las 12:06 hs por el apoderado y asesor letrado comunal, Dr. Sebastián Tesei, junto a los patrocinantes Maximiliano Pérez Arias y Mariela Sambad, plantea un respaldo categórico a la acción preventiva de daño ambiental colectivo contra Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum.

La presentación municipal se produce apenas 48 horas después de que la jueza Mariel Borruto declarara la plena competencia del tribunal y la jurisdicción internacional de la República Argentina, habiéndole corrido vista a la Fiscalía de Estado de Tierra del Fuego. Con este paso, el intendente Martín Pérez toma la iniciativa política y procesal en el ámbito provincial, diferenciándose de la pasividad que hasta ahora exhibe la administración de Gustavo Melella.

El municipio ribereño y la tutela preventiva del Mar Argentino

Al fundar la procedencia de su intervención bajo el artículo 90 inciso 1° del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN), la ciudad acreditó un interés jurídico propio, concreto y diferenciado respecto del interés general difuso:

  • Condición de ciudad costera ribereña: El escrito invoca el mandato imperativo del artículo 16 de la Carta Orgánica Municipal, que reconoce a Río Grande como municipio ribereño sobre la costa del Mar Argentino, otorgándole deberes positivos de custodia ambiental de su cuenca, lecho, subsuelo y especies vivas.
  • Indivisibilidad ecosistémica: Apoyándose en un Informe Técnico Ambiental elaborado por la Subsecretaría de Ambiente local, el Municipio fundamentó que las aguas costeras fueguinas y la zona de emplazamiento de Sea Lion (a unos 220 kilómetros al norte de Malvinas) no son compartimentos estancos. La dinámica de corrientes marinas y masas de agua proyecta cualquier riesgo de derrame o contingencia operativa directamente hacia el litoral habitado de Río Grande.
  • Principios de prevención y precaución: La presentación subraya que Sea Lion avanza sin haberse sometido a la Evaluación de Impacto Ambiental exigida por las leyes argentinas (Ley General del Ambiente N.º 25.675 y Ley N.º 24.051) ni contar con Certificado de Aptitud Ambiental. Por ello, se apela a la función preventiva (art. 1711 del Código Civil y Comercial): ante la amenaza de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica no puede postergar las medidas cautelares de tutela anticipada.

Adhesión total al freno de las obras y reserva federal

En su petitorio, el gobierno riograndense solicitó expresamente a la jueza Borruto resolver la medida cautelar inaudita parte para que se ordene a Rockhopper y Navitas abstenerse de iniciar o continuar perforaciones, tendido de ductos submarinos, anclaje de unidades flotantes (FPSO) y toda actividad extractiva. Asimismo, dejó planteada la reserva del caso federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los términos del artículo 14 de la Ley 48.

La comparecencia de Río Grande robustece la legitimación colectiva del litigio. Mientras las petroleras intentan contener el desplome de sus acciones en Londres y Tel Aviv, la principal ciudad industrial y ribereña de Tierra del Fuego formaliza su trinchera en los tribunales: la explotación clandestina del petróleo en Malvinas no solo vulnera la soberanía territorial indivisible, sino que representa una amenaza ecológica inminente sobre las costas fueguinas y patagónicas.

EL TEXTO COMPLETO DE LA PRESENTACIÓN JUDICIAL DEL MUNICIPIO RIOGRANDENSE

 

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