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Melella vetará la derogación legislativa a su proyecto de Reforma Constitucional

El gobernador de Tierra del Fuego se atrinchera en el veto. Una decisión que empuja a la provincia a un debate institucional en su peor momento económico y social. Queda abierta su insistencia parlamentaria y una nueva derivación judicial.

3 de mayo de 2026 14:31

En la sesión de la madrugada del 1° de mayo, la derogación de la Ley 1529 obtuvo 11 votos a favor. Si los legisladores mantienen sus posiciones, tienen el número suficiente para rechazar el veto de Melella e imponer la derogación.

El gobernador de Tierra del Fuego Gustavo Melella publicó este 1º de mayo en el Boletín Oficial de la provincia, el decreto de convocatoria a elecciones constituyentes con fecha para el domingo 9 de agosto. Cuando, esa misma madrugada; la Legislatura fueguina había derogado la ley que habilitaba a Reformar la Constitución, y a la que el mandatario ya anticipó, vetará. Tierra del Fuego entra así, en un laberinto jurídico a partir que el Gobernador intenta sostener una elección sobre una ley que ya no existe.

La crisis institucional en Tierra del Fuego ha alcanzado un punto de no retorno. Durante la madrugada del viernes 1° de mayo, mientras la Legislatura abrogaba la Ley 1529 a las 3:50 con una mayoría aplastante de 11 votos, el Ejecutivo contraatacaba publicando en el Boletín Oficial el Decreto N° 751/26. Esta "guerra de normas" deja a la provincia en una situación inédita: un mandatario que convoca a elegir convencionales para el 9 de agosto basándose en una ley que el Poder Legislativo ya dio por muerta.

El Veto como herramienta de aislamiento

Lejos de escuchar el mensaje político del recinto —donde los tres sectores del peronismo, el MPF y La Libertad Avanza confluyeron en el rechazo—, Melella confirmó que avanzará con el veto a la derogación. Esta decisión no solo desconoce la voluntad de los representantes del pueblo, sino que profundiza un marcado aislamiento político provincial y nacional. El argumento oficialista de "terminar con los privilegios" choca con una realidad donde la reforma parece ser, primordialmente, un salvoconducto para un tercer mandato.

La "Manda Judicial" vs. La Legitimidad Política

Melella justifica su decreto alegando el cumplimiento de un plazo impuesto por el Superior Tribunal de Justicia. Sin embargo, el legislador Jorge Lechman, impulsor de la derogación, ha sido claro: al no existir ya la Ley 1529, la convocatoria carece de todo sustento legal. Publicar un decreto de tal magnitud en un feriado, ignorando el voto mayoritario de la Cámara, expone una gestión que prefiere el conflicto de poderes antes que el diálogo en el momento de mayor crisis económica, financiera, social y de servicios públicos de la provincia.

La Insistencia legislativa

Según la Constitución de Tierra del Fuego, el Gobernador tiene la facultad de vetar (rechazar) total o parcialmente una ley sancionada por la Legislatura. Sin embargo, el Poder Legislativo posee la herramienta de la "insistencia" para ratificar la ley que aprobó su derogación.

  • Plazo para el Veto: El Ejecutivo tiene diez días hábiles desde la recepción de la norma para devolverla con objeciones. Si no lo hace en ese plazo, la ley queda promulgada automáticamente.
  • Mayoría necesaria para Insistir: A diferencia de una ley común, para vencer el veto del Gobernador, la Legislatura debe ratificar la ley con el voto de las dos terceras partes (2/3) del total de sus miembros.
  • El cálculo en el recinto: En una Legislatura de 15 miembros (como la actual), las dos terceras partes equivalen a 10 votos.
  • Consecuencia: Si la Legislatura alcanza esos 10 votos, el Gobernador está obligado a promulgar la ley. Si no llega a esa mayoría, el proyecto no puede volver a tratarse en las sesiones de ese año.

 

Data clave: En la sesión de la madrugada del 1° de mayo, la derogación de la Ley 1529 obtuvo 11 votos a favor. Esto significa que, si los legisladores mantienen sus posiciones, tienen el número suficiente (superan los 10 votos requeridos) para rechazar el veto de Melella e imponer la derogación.

 

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