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Tras el escándalo, retiran el pedido para operar con megayates en el Parque Nacional Tierra del Fuego

El intendente emitió un comunicado oficial anunciando que la empresa desistió de la operación en Bahía Lapataia. El texto oficial maquilla la habilitación concedida a espaldas de los informes ambientales y omite que los buques portaban pabellón británico de las Islas Caimán.

30 de octubre de 2026 09:23

Captura de pantalla, de entrevista realizada al intendente del Parque, Marcelo Almirón; con FM Origen 99.1.

La fuerte repercusión mediática y el impacto público que generó la publicación del expediente oficial, obligaron a un intempestivo repliegue. Apenas 48 horas después de que se conociera la habilitación firmada por el intendente del Parque Nacional Tierra del Fuego, Marcelo Almirón, la administración del área protegida emitió un comunicado informando que la agencia marítima USHIP S.R.L. (Ushuaia Shipping) desistió formalmente de la solicitud para fondear megayates y realizar traslados aéreos con helicópteros en Bahía Lapataia.

El pronunciamiento oficial, titulado "Turismo y desarrollo sostenible en el Parque Nacional Tierra del Fuego", busca amortiguar el costo político de una autorización que desafió las normativas vigentes y el dictamen técnico unánime de los propios profesionales del organismo. Sin embargo, la explicación pública omite piezas clave del expediente, altera datos sobre la cantidad de embarcaciones y elude transparentar la nota formal de renuncia enviada por la empresa intermediaria.

Lo que dice el comunicado y lo que ocultan los hechos

El texto difundido por la Intendencia plantea una narrativa defensiva cargada de eufemismos burocráticos:

  • Minimización de las embarcaciones: El comunicado sostiene que se analizó una propuesta que "se limitaba a la posible actividad de dos embarcaciones". Sin embargo, tanto la solicitud original de USHIP S.R.L. (IF-2026-94281779-APN-PNTF#APNAC) como la propia nota de autorización rubricada por Almirón el 27 de octubre (NO-2026-104217762-APN-PNTF#APNAC) detallan expresamente tres buques: el LONIAN (87 metros de eslora), el buque de apoyo HODOR (67 metros) y el SHERAKHAN.
  • Silencio sobre el informe técnico vinculante: El Parque sostiene que el informe ambiental es "fundamental para identificar los aspectos relevantes y resguardo de los ecosistemas". Lo que no aclara es que el informe técnico conjunto (IF-2026-102110148-APN-PNTF#APNAC), firmado el 20 de octubre por siete profesionales y jefes operativos del área, dictaminó de forma unívoca y categórica que «NO RESULTA PROCEDENTE AUTORIZAR» la operación. Almirón ignoró esa conclusión técnica al otorgar el permiso siete días más tarde.
  • Violación de la Ley 22.351: El comunicado habla de "ampliar la oferta de actividades" bajo el paraguas del desarrollo sostenible, pero omite que las operaciones de helicópteros violaban de manera frontal el artículo 5, inciso l, de la Ley Nacional de Parques Nacionales, que prohíbe taxativamente los sobrevuelos con aeronaves a motor con fines recreativos o de traslado privado de pasajeros.
  • La omisión de los helicópteros y las banderas coloniales: La comunicación elude justificar el uso de dos aeronaves sobre sectores costeros de nidificación y hábitats críticos del huillín (Lontra provocax), y calla sobre la condición de los buques Lonian y Hodor, que navegan bajo registro de Islas Caimán, territorio británico de ultramar.

Equiparación forzada con el uso público tradicional

En un intento por normalizar la fallida autorización, la Intendencia recurre al argumento de que "las actividades náuticas en el Parque cuentan con antecedentes históricos de operación de catamaranes en Puerto Arias, cuyos servicios contaron con autorizaciones desde hace más de diez años".

La comparación técnica y jurídica carece de sustento:

1.    Las navegaciones comerciales tradicionales corresponden a transporte público de pasajeros homologado, con trazados de navegación históricos consolidados en canales de acceso y fondeaderos delimitados para el turismo regular.

2.    La solicitud de USHIP S.R.L. contemplaba el amarre de megayates privados de lujo vinculados al magnate Lorenzo Fertitta, arando el lecho marino y los bosques sumergidos de cachiyuyo (Macrocystis pyrifera) con cadenas pesadas en un sector protegido, sumado a helipuertos flotantes operando de manera continua para traslados particulares dentro de la jurisdicción del Parque.

La presión pública como freno a la discrecionalidad

Aunque la Intendencia intente adjudicar el cierre del expediente a una decisión espontánea de la empresa solicitante, la marcha atrás fue el resultado directo de la difusión de los documentos oficiales. La publicación de las firmas digitales, las advertencias del personal técnico desoídas por la jefatura y la contradicción legal expuesta ante la opinión pública encendieron una fuerte polémica en la provincia y a nivel nacional.

El desistimiento de USHIP S.R.L. evita, en lo inmediato, el desembarco y sobrevuelo de las embarcaciones de bandera británica previsto entre el 12 y el 18 de noviembre. No obstante, el caso deja al descubierto la vulnerabilidad institucional de las áreas protegidas y la existencia de gestiones administrativas a medida que fuerzan las normas ambientales en beneficio de intereses privados de ultralujo, hasta que la luz pública interrumpe el trámite.

 

EL PARTE DE PRENSA DE LA INTENDENCIA DEL PARQUE NACIONAL TIERRA DEL FUEGO

 

Turismo y desarrollo sostenible en el Parque Nacional Tierra del Fuego

 

Ushuaia, 29 de octubre de 2026.- El Parque Nacional Tierra del Fuego analizó una propuesta actividad náutica en los sectores de Lapataia y Ensenada Zaratiegui, que se limitaba a la posible actividad de dos embarcaciones en un marco de evaluación para  la compatibilidad de la propuesta con los objetivos de conservación del área protegida.

 

Este proyecto de experiencia turística, que fue desestimado por la misma empresa que lo propuso,  se encuadró en lo previsto por los lineamientos de gestión que compatibilizan la conservación de la biodiversidad con el desarrollo sostenible, promoviendo iniciativas privadas para generar nuevas oportunidades económicas, ampliar la oferta de actividades y contribuir a la creación de fuentes de trabajo, siempre dentro de las condiciones ambientales y operativas establecidas por la autoridad competente.

 

El desarrollo sostenible de las áreas protegidas requiere una evaluación responsable de cada propuesta, considerando tanto sus potenciales beneficios sociales y económicos como los riesgos y posibles impactos sobre el ambiente. En este sentido, el informe técnico ambiental resulta fundamental para identificar los aspectos relevantes, establecer medidas preventivas y definir las condiciones necesarias para garantizar la seguridad de las personas y el resguardo de los ecosistemas.

 

 

Las actividades náuticas en el Parque cuentan con antecedentes históricos de operación de catamaranes en Puerto Arias, cuyos servicios contaron con autorizaciones desde hace más de diez años, y que forman parte de la trayectoria y evolución del uso público del área protegida.

 

El Parque Nacional tiene la responsabilidad de proteger el patrimonio natural y cultural, garantizando que las actividades autorizadas se desarrollen bajo condiciones compatibles con los objetivos de conservación. Esto implica atender especialmente a la seguridad de los visitantes y a la prevención de impactos sobre la fauna marina, las aves, los bosques de algas y los ambientes costeros. Las iniciativas que cumplen con los requisitos técnicos y ambientales deben poder ser evaluadas con criterios transparentes, previsibles y fundamentados, sin perder de vista la finalidad principal de las áreas protegidas.

 

El equipo de gestión del área protegida sostiene una política de vinculación con la comunidad, quedando a disposición ante consultas, sugerencias e inquietudes por parte de organizaciones y vecinos.

 

Intendencia del Parque Nacional Tierra del Fuego

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