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Acuerdo Foradori-Duncan: la estrategia británica para el reconocimiento argentino como Estado Rivereño en el Atlántico Sur

Acuerdo Foradori-Duncan: la estrategia británica para el reconocimiento argentino como Estado Rivereño en el Atlántico Sur

29 de marzo de 2019 06:28

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* Bruno Bonomi La Cuestión Malvinas, entendida como la disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, ha sido categorizada por la Organización de Naciones Unidas como un caso especial de colonialismo que debe ser solucionada mediante negociaciones diplomáticas entre ambas partes. Si bien no es objeto de este articulo analizar las razones jurídicas, históricas, políticas y diplomáticas del irrenunciable e imprescriptible reclamo de soberanía plena por parte de la República Argentina sobre los territorios usurpados por la potencia imperial británica, es dable destacar que en la marco de la disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la Resolución 2065 de Naciones Unidas del año 1965, la cual invita a las partes a proseguir sin demora las negociaciones; significa el reconocimiento por parte de la Comunidad Internacional de la existencia de un conflicto bilateral entre Argentina y Gran Bretaña. Tal como se desprende de la lectura de su texto, la búsqueda de una solución pacífica al problema debe tener en cuenta las disposiciones de la Resolución 1514 de Naciones unidas, “Sobre Declaración de Independencia a los Países y pueblos Coloniales”, del año 1960. La Resolución de Naciones Unidas que se trae a colación, si bien reconoce el principio de autodeterminación de los pueblos, pone como límite a dicho principio la integridad territorial del Estado soberano. Esto significa, que la presencia británica en territorio argentino quiebra la unidad nacional y la integridad territorial del Estado. Por ello, son los intereses de los habitantes de las islas los que tienen que ser tenidos en cuenta y no sus deseos. La población trasplantada por la potencia colonial no es un pueblo con derecho a la libre determinación ya que no se diferencia del pueblo de la metrópoli. Los habitantes del archipiélago tienen estatus de ciudadanos británicos, si se les concediera dicho principio se estaría dando lugar a que una población extranjera en suelo nacional decida los destinos de un territorio que ha sido fruto del despojo y la usurpación por parte de una potencia extranjera. Debido a la especificidad de la Cuestión Malvinas -que se caracteriza por ser un territorio ocupado por una potencia extranjera, que haciendo uso de la fuerza en 1833 desalojó a la población y autoridades argentinas legítimamente establecidas, vulnerando la integridad territorial del Estado argentino-, el principio de autodeterminación de los pueblos no es aplicable, ya que la población que reside en el archipiélago ha sido trasplantada por la potencia colonial, con lo cual no es un pueblo autóctono sometido a la subyugación, explotación y/o dominación extranjera. En consecuencia, la población allí trasplantada por Gran Bretaña carece de libre determinación. Sin embargo, la renuencia británica a incluir en las negociaciones la soberanía sobre las islas, intentando introducir el principio de autodeterminación de los pueblos, permite dilucidar la arrogancia de un imperio colonial que en pleno siglo XXI intenta mantener una situación anacrónica y apela para ello a la amenaza del uso de la fuerza. Resulta llamativo que uno de los principales países colonialistas, que además de las Islas Malvinas, Georgias y Sándwich del Sur tiene bajo su dominio a nueve territorios no autónomos más, intente tergiversar el reclamo argentino negando la situación de derecho de las Islas. Fundamentalmente cuando dicha renuencia proviene de un miembro permanente del Consejo de Seguridad del mismo Organismo Universal que definió a la Cuestión Malvinas, en su situación de hecho, como una forma de colonialismo a la cual hay que ponerle fin. El giro en la definición de los intereses de la República Argentina en torno a la Cuestión Malvinas evidenciado en el Comunicado Conjunto del 13 de septiembre del año 2016, celebrado entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, más comúnmente conocido como ACUERDO FORADORI – DUNCAN, conlleva a que la agenda Nacional esté condicionada por los intereses británicos que influyen en la política, acciones y toma de decisiones del Estado Nacional Argentino, lo cual constituye un logro del Ministerio de Relaciones Exteriores de Gran Bretaña que garantiza de esta manera los intereses estratégicos de la Corona en el Atlántico Sur. El gobierno británico afianza así su presencia en la región, considerada como zona de vital interés para la proyección imperial británica. De dar continuidad al curso de acción establecido en el ACUERDO FORADORI – DUNCAN, Gran Bretaña lograría uno de sus objetivos más anhelados en política exterior, que es el reconocimiento por parte de la República Argentina de su condición de Estado Ribereño en el Atlántico Sur. Lo cual implica ceder nuestra soberanía sobre los recursos renovables y no renovables de la Plataforma Continental Argentina, reconociendo derechos, obligaciones y competencias de exploración, explotación, administración y conservación de los recursos que pertenecen a nuestro país y a la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Nuestra Provincia no es ajena a esta lógica de despliegue de poder imperial, de no enfrentar las pretensiones británicas avaladas por el gobierno nacional se estaría diluyendo nuestro derecho a reclamar por la soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes.   * Licenciado en Relaciones Internacionales

Por Agenda Malvinas

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