Lo que en 2021 fue celebrado como un hito ambiental mundial —la prohibición de la cría de salmones en cautiverio en Tierra del Fuego— se ha transformado hoy en un campo de batalla legal y político. La sanción de la Ley Provincial 1601, que desanda aquel camino para permitir la industria bajo el argumento de "ampliar la matriz productiva", enfrenta ahora una demanda de inconstitucionalidad que pone en duda la validez misma de su nacimiento.
La Contradicción de Melella: Del "Hito Ambiental" al "Negocio de Poder"
La gestión de Gustavo Melella protagoniza una contradicción flagrante. Tras haber impulsado y promulgado la prohibición original, el Ejecutivo dio marcha atrás mediante el Asunto 247/25, argumentando la necesidad de desarrollo económico. Sin embargo, los sectores sociales advierten que se trata de un beneficio para grupos concentrados de poder, con una industria que genera escaso empleo y un altísimo impacto ambiental.
El "Cuarto Intermedio" de la Discordia
La denuncia presentada por el legislador Pablo Villegas (MPF) no ataca solo el contenido, sino la "ilegalidad y arbitrariedad" del procedimiento. El foco está puesto en lo ocurrido el 8 de agosto de 2025 en Río Grande, durante una reunión conjunta de las Comisiones 1 y 3.
Según el documento judicial:
- La Maniobra: Tras un cuarto intermedio votado a las 16:48 para continuar el debate en una fecha futura, un grupo minoritario de legisladores realizó una "autoconvocatoria" intempestiva cerca de las 22:00 horas.
- Sin Autoridad ni Quórum: La reunión fue retomada por la vicepresidenta de la Comisión 3, Myriam Martínez; sin convocatoria formal de la presidencia y con la ausencia de 7 de los 11 legisladores presentes originalmente.
- Votación Irregular: El dictamen que permitió llevar la ley al recinto fue firmado por solo 4 legisladores, cuando el quórum mínimo exigido para un plenario de estas comisiones (10 miembros cada una) era de 11 legisladores.
"Gravedad Institucional" y Violación del Debido Proceso
Villegas sostiene que este accionar constituye un "precedente gravísimo" y una violación a la soberanía popular. El legislador afirma que no se trata de una simple formalidad, sino de una garantía republicana: "La falta de observancia de las reglas que habilitan el funcionamiento regular de las comisiones impide que los representantes puedan ejercer plenamente las facultades inherentes a su mandato".

Puntos clave de la demanda:
1. Nulidad Absoluta: Se solicita que la Ley 1601 sea declarada nula por haber sido sancionada con violación sustancial del procedimiento constitucional.
2. Inexistencia del Dictamen: Al no haber quórum ni plenario válido, el dictamen es un "acto preparatorio inexistente" que vicia todo el proceso posterior en el recinto.
3. Tutela Judicial: Se invoca la Convención Americana sobre Derechos Humanos para garantizar que el proceso de formación de leyes sea transparente y plural.
El Futuro en Manos del Superior Tribunal
La demanda ahora yace en el Superior Tribunal de Justicia, bajo la figura de acción declarativa de inconstitucionalidad. Mientras tanto, la indignación social crece ante lo que se percibe como una entrega de los recursos naturales mediante mecanismos que Villegas describe como una "ruptura de las reglas de juego democráticas". La justicia fueguina tiene la última palabra.