La respuesta institucional argentina frente a la inminente salida del mercante chileno Danstar hacia las Islas Malvinas suma un capítulo de fondo en el Congreso de la Nación. En momentos en que el buque de carga navega hacia Punta Arenas para cargar pertrechos y víveres destinados a la colonia británica, la diputada nacional Agustina Propato (Unión por la Patria) presentó un proyecto que propone establece por ley de la Nación que el tránsito de buques vinculados a la logística, defensa, pesca, hidrocarburos e infraestructura hacia el archipiélago usurpado NO constituye "paso inocente", prohibiendo su navegación en aguas jurisdiccionales argentinas y facultando a la Prefectura Naval y a la Armada a su detención y retención forzosa.
La iniciativa legislativa surge en directa contraposición a la doctrina ensayada por juristas trasandinos y autoridades de Magallanes, quienes pretendían invocar el principio de libre navegación de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR) y el Tratado de 1984 para garantizar que el Danstar cruce impunemente la boca oriental del Estrecho de Magallanes y el Mar Territorial argentino.
A través de sus redes sociales, la legisladora fundamentó la urgencia de la medida:
"La defensa de nuestra integridad territorial exige actos concretos frente al abastecimiento de la ocupación ilegítima. No alcanza con la diplomacia ni tampoco con proyectos de ley a la carta redactados por intereses ajenos a los argentinos. Por eso proponemos prohibir el tránsito de los buques saqueadores, crear un registro de buques infractores y establecer sanciones reales para proteger lo que nos pertenece".
La soberanía no se declama, SE EJERCE. Presenté un proyecto de ley para declarar que el tránsito de buques vinculados a la logística, defensa, pesca e hidrocarburos hacia las Islas Malvinas, NO constituye un Paso Inocente. La defensa de nuestra integridad territorial exige actos concretos frente al abastecimiento de la ocupación ilegítima. No alcanza con la diplomacia ni tampoco con proyectos de ley a la carta redactados por intereses ajenos a los argentinos. Por eso proponemos prohibir el tránsito de los buques saqueadores, crear un registro de buques infractores y establecer sanciones reales para proteger lo que nos pertenece. #LasMalvinasSonArgentinas
— Agustina Propato (@aguspropatoarg) October 30, 2026
Desarticular el auxilio al saqueo: Los ejes del proyecto
El texto articulado ingresado formalmente a la Cámara de Diputados fija pautas operativas claras para las fuerzas de seguridad y defensa en el Atlántico Sur:
- Calificación legal (Artículo 1): Determina que el tránsito de buques o artefactos navales —de cualquier bandera— que se dirijan o provengan de las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sándwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes transportando cargas o personas vinculadas a actividades logísticas, militares, hidrocarburíferas, pesqueras o de infraestructura, no constituye paso inocente bajo los términos del derecho internacional ni de la posición soberana argentina.
- Prohibición de tránsito y facultades de intercepción (Artículo 2): Prohíbe de manera taxativa la navegación por aguas bajo jurisdicción argentina de cualquier nave alcanzada por el Artículo 1. Otorga mandato explícito a la Prefectura Naval Argentina y a la Armada Argentina para adoptar las medidas necesarias destinadas a impedir el tránsito, facultándolas a intimar a detener la marcha, forzar el cambio de rumbo, exigir el abandono de las aguas jurisdiccionales y proceder a la identificación y requisa del buque y su carga.
- Rechazo automático de permisos (Artículo 3): Prohíbe expresamente la emisión de autorizaciones, permisos o habilitaciones para estas travesías, disponiendo que toda solicitud que se tramite sea rechazada inmediatamente por la autoridad competente sin sustanciación alguna.
- Retención en puertos argentinos (Artículo 4): Establece que, ante la persistencia del buque infractor en continuar su derrota hacia aguas bajo jurisdicción argentina o hacia los puertos coloniales, la autoridad labrará el acta de infracción, elevará la novedad a la Cancillería y podrá disponer la retención del buque en un puerto argentino si las condiciones operativas lo permiten.
- Registro de Buques Infractores (Artículos 5 y 6): Crea en el ámbito de la Prefectura Naval un registro público donde quedarán asentadas las naves que violen o intenten violar la normativa. Dicha inscripción implicará el bloqueo para contratar con el Estado y la prohibición de acceso a puertos nacionales, invitando a las provincias con litoral marítimo a dictar normativas locales que veten el amarre, abastecimiento o logística portuaria a los infractores.
Un cerrojo legal frente a la complicidad del Danstar
La propuesta de Propato dota al Estado de un marco legal directo para intervenir ante el desafío montado en Magallanes. Con el tarifario ya publicado por la Falkland Islands Development Corporation (FIDC) para el transporte de cemento, insumos pesados y gas licuado desde Punta Arenas hacia Puerto Argentino, y con las obras de dragado en marcha en el Energy Dock de las islas para viabilizar la explotación petrolera del proyecto Sea Lion, resultaba insostenible seguir tolerando la ficción de que la naviera Easter Island realiza un "simple comercio civil entre privados".
Al mismo tiempo, la iniciativa legislativa complementa el proyecto de ley del diputado Guillermo Michel —apoyado por el CECIM La Plata— para dar de baja los convenios de reciprocidad de inversiones y doble imposición fiscal con Chile, articulando una tenaza jurídica: sanciones económicas a las corporaciones del país vecino que asistan a la ocupación y facultades de abordaje y retención naval para los mercantes que pretendan cruzar el mar argentino para abastecer el despojo colonial.
Frente al avance del Danstar hacia el sur, el Congreso comienza a marcar el camino que la diplomacia contemplativa de Cancillería evitaba: en aguas de soberanía argentina no hay paso inocente posible para quienes navegan al servicio de la potencia colonial británica.