El pasado 15 de mayo, el embajador de Israel en Argentina, Eyal Sela, se refirió formalmente a la participación de la empresa Navitas Petroleum en el proyecto de explotación petrolera Sea Lion, ubicado en la ilegítima cuenca norte de las Islas Malvinas, concesionada por la administración colonial británica. En declaraciones al medio NewsDigitales, el diplomático reconoció el malestar transmitido por las autoridades argentinas y afirmó: “Israel comprende la posición argentina. Sabemos que es una situación incómoda”. Sin embargo, Sela desmarcó a su administración al asegurar que Navitas "es una empresa privada y no una compañía estatal israelí”.

A pesar de la argumentación oficial que sitúa el conflicto exclusivamente en la órbita corporativa, los registros financieros públicos exponen un entramado donde el Estado de Israel posee un rol regulatorio y donde los capitales institucionales de ese país constituyen el principal sostén de la operación.
La estructura financiera de Navias: El rol de la Bolsa de Tel Aviv y los fondos previsionales
Navitas Petroleum no opera de forma aislada a los mecanismos estatales de Israel. La compañía está registrada y cotiza activamente en la Bolsa de Valores de Tel Aviv (TASE), una institución financiera bajo la órbita de control de la Autoridad de Valores de Israel (ISA), un organismo público del Estado hebreo.
Asimismo, los principales activos e inversiones que apalancan los proyectos de exploración y desarrollo de Navitas en el Atlántico Sur provienen de grandes fondos de inversión institucional y de fondos de pensión de los trabajadores y jubilados israelíes. De este modo, el ahorro previsional público de ese país es el que financia de manera directa la infraestructura portuaria, las plantas de lodo y la contratación de plataformas de perforación en la plataforma continental argentina, en abierta contradicción con las resoluciones de las Naciones Unidas (como la Res. 31/49) que prohíben la introducción de modificaciones unilaterales en la zona en disputa de soberanía.
El entramado de violaciones a la legislación argentina
Durante la entrevista concedida hace un mes y medio, el propio embajador Sela dejó la resolución del conflicto en manos del Poder Ejecutivo nacional al manifestar que “Argentina puede tomar cualquier decisión que considere respecto a esta empresa”. Sin embargo, desde este posicionamiento diplomático han transcurrido 45 días sin que el Ministerio de Relaciones Exteriores, conducido por la administración de Javier Milei, haya iniciado acciones efectivas ante un escenario donde Navitas incurre en múltiples violaciones a la normativa nacional:
- Ley de Hidrocarburos (Ley 26.659 y su modificatoria 26.915): Establece de forma taxativa sanciones penales, comerciales, inhabilitaciones y multas para aquellas empresas que realicen actividades de exploración o explotación en la plataforma continental sin la autorización expresa de la Secretaría de Energía de la Nación.
- Código Aduanero Argentino (Ley 22.415): Al operar en aguas de la plataforma continental bajo jurisdicción argentina, la introducción de maquinarias, insumos portuarios, plataformas de perforación y el traslado de personal desde y hacia la colonia británica se ejecutan al margen de los controles del servicio aduanero nacional, constituyendo operaciones de contrabando y tráfico de mercaderías no autorizadas.
- Leyes Ambientales Nacionales: Las operaciones hidrocarburíferas offshore de Navitas ignoran de manera absoluta la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) y las normativas específicas para la protección del medio marino. La firma avanza con su cronograma sin haber presentado las correspondientes Evaluaciones de Impacto Ambiental (EIA) ni haber obtenido las licencias ambientales expedidas por las autoridades competentes del Estado argentino, generando un riesgo directo sobre el ecosistema del Atlántico Sur.
Mientras el cronograma técnico de Navitas Petroleum avanza públicamente —con la previsión de iniciar perforaciones entre 2027 y 2028 para alcanzar la producción comercial a mediados de 2028—, la estrategia de la Cancillería argentina se ha limitado a pronunciamientos retóricos formales. La falta de aplicación de las herramientas punitivas y de los poderes de policía que otorgan las leyes nacionales consolida un escenario de pasividad y complicidad estatal que permite la continuidad de las operaciones unilaterales en el Atlántico Sur.